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Clero y Vida Consagrada

LEX CANONICA asesora a sacerdotes, diáconos y personas de vida consagrada —religiosos, religiosas y miembros de sociedades de vida apostólica— en las cuestiones propias de su estado clerical o religioso, ante el Ordinario propio, el Instituto o el Dicasterio competente.

Sacerdotes y diáconos

Vida consagrada e institutos religiosos

Materias comunes

Tanto el clero secular como la vida consagrada pueden requerir asesoramiento en Derecho Sacramental, Derecho Educativo Canónico (mandato o misión canónica de docentes), Derecho de Medios Católicos y Asistencia Religiosa y Profesorado de Religión, según el caso concreto.

Cómo trabajamos

  • Asesoramiento y representación de personas físicas — clérigos y religiosos — en el asunto concreto.
  • Dictámenes y defensa técnica desde la investigación previa hasta el proceso penal canónico.
  • Acompañamiento en procedimientos de secularización, exclaustración o salida del instituto.

El contenido de esta página tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.